UN FALLO FAVORECE INGRESO DE DIPUTADA PROVINCIAL POR EL GEN

23.08.2021

Se aplica el principio de Paridad de Género para que ingrese una mujer en reemplazo de otra que asumió como Intendente. El partido GEN informó que "la Cámara de Apelaciones en lo contencioso administrativo de La Plata dispuso la correcta aplicación de la legislación vigente y los tratados internacionales de DD. HH, para lograr la integración igualitaria en la H. Cámara de Diputados". La decisión favorece a María Angela La Rosa para reemplazar al actual legislador Nicolás Russo.

El Partido GEN (que lidera Margarita Stolbizer) recordó que integró la Alianza 1País en el año 2017 habiendo logrado dos escaños por la tercera sección electoral, correspondiendo a Jorge D´Onofrio y a Blanca Cantero. Ante la licencia de esta última (que asumió como Intendenta Municipal) correspondía que su reemplazo fuera cubierto por la siguiente mujer en la lista. Sin embargo, los integrantes de la alianza incumplieron los acuerdos y la Cámara de Diputados tomó juramento a Nicolás Russo, desoyendo incluso lo que la primera instancia judicial había indicado.

Frente a esta circunstancia el Partido GEN y María Ángela La Rosa reclamaron judicialmente por la vigencia de la paridad de género.

La sentencia, ahora confirmada, resolvió, en consonancia con los argumentos de la parte actora: "disponer el reemplazo de la diputada Cantero por simple orden de corrimiento y no de corrimiento con aplicación de ley de paridad, iría en menoscabo de la efectiva participación igualitaria y sin discriminaciones entre varones y mujeres en la conformación de listas y composición de los órganos legislativos pues, no debe soslayarse que la composición actual de la Cámara de Diputados muestra que aún, con la ley de paridad vigente en la provincia de Buenos Aires, las mujeres no lograron la igualdad en el acceso a la representación. " agregándose: "es más, la exigencia a los partidos o agrupaciones políticas de elaborar sus listas siguiendo un criterio de paridad, sería letra muerta, si luego, ya en el seno de la Cámara, por alguna razón o circunstancia, en la oportunidad de tener que reemplazar una banca al suceder el siguiente en el orden de lista, ya no se respeta."

El GEN añadió que "El Fallo UNÁNIME de los jueces integrantes de la Cámara de Apelaciones contiene argumentos firmes y sostenidos:

"El sistema electoral y de constitución de cuerpos colegiados debe responder a un criterio de armonía que supere todo vacío preceptivo y que derive del juego de principios que le dan forma institucional en su totalidad. EL RESULTADO DE ESE ENTENDIMIENTO NO PUEDE SER OTRO QUE EL QUE DETERMINE QUE EN CASO DE VACANCIA DE UN DIPUTADO/A PROVINCIAL SU SUSTITUCION SE PROVEA CON LOS CANDIDATOS/AS DE SU MISMO SEXO QUE FIGUREN EN LA LISTA COMO REEMPLAZANTES, SEGÚN EL ORDEN ESTABLECIDO..."