El Gobierno nacional publicó el decreto que limita la nocturnidad

08.01.2021

En la normativa se propone limitar la circulación y actividades nocturnas en todo el país. Reforzar los controles por la noche para disminuir la cantidad de pasajeros que no están habilitados a subirse a colectivos y trenes. 

El decreto llama a "adoptar medidas de limitación de la circulación" cuando se cumplan dos "parámetros sanitarios" específicos. Uno de ellos es "la razón de casos, definida como el cociente entre el número de casos confirmados acumulados en los últimos catorce (14) días y el número de casos confirmados acumulados en los catorce(14) días previos, sea superior a uno coma veinte (1,20)".
El segundo es el de "la incidencia definida como el número de casos confirmados acumulados de los últimos catorce (14) días por cien mil (100.000) habitantes, sea superior a ciento cincuenta (150)".SOCIEDADCierre sanitario nocturno: En qué situaciones se recomiendan las restricciones

El artículo 2° . en tanto, plantea que "las autoridades provinciales y de la Ciudad de Buenos Aires, con el objetivo de evitar situaciones que puedan favorecer su propagación, deberán priorizar la limitación de la circulación en el horario nocturno, dado que, a partir de la experiencia nacional e internacional, se ha podido establecer que las actividades que conllevan alto riesgo de transmisión son las que implican contacto estrecho prolongado en espacios cerrados con escasa ventilación o abiertos que involucran la concentración de personas, dificultan el uso de tapabocas/ nariz y el mantenimiento de la distancia física".

El artículo 3° indica que "con el fin de colaborar con el monitoreo de los indicadores mencionados en el artículo 1°, el Ministerio de Salud de la Nación articulará con las autoridades sanitarias de las distintas jurisdicciones".