AGOSTO NO ES MARZO

06.08.2020

Por el Dr. OSVALDO DAMENO (ABOGADO Y DIRIGENTE PERONISTA PLATENSE)

El DNU 641 del PEN acaba de prohibir entre otras cosas los eventos familiares en los domicilios cualquiera sea el número de asistentes. Ese es en efecto uno de los supuestos consignados expresamente en la norma. Y al que exclusivamente me referiré. Se trata de aplicar con mayor rigurosidad el aislamiento social preventivo y obligatorio (ASPO) que rige desde marzo impuesto por el DNU 297. Pero ahora se lo remite al artículo 205 del código penal y por las dudas también al 239, por lo que la amenaza concreta es una pena privativa de la libertad.

Nuestro funcionamiento institucional impide al presidente legislar en materia penal. En este caso ha creado una tipificación y la ha asociado a una norma del código de fondo. Es el Congreso quien puede restringir los derechos mediante la sanción de las leyes. Además tal proceder desplaza las autonomías provinciales, sobre todo las que se hallan en una fase más avanzada de la salida de la cuarentena.

La manera de razonar del gobierno carece de sentido común. La Comisión Interamericana de DDHH ha expresado que el estado de emergencia no puede arrasar con el estado de derecho. Desde hace muchos años no se presiona a los ciudadanos con una intromisión en el seno de sus hogares. Ello afecta el derecho a la intimidad.

Las ciudades y las regiones tienen distintas realidades sanitarias hoy. La progresión varía y por lo tanto el tratamiento debe ser distinto. Somos un país Federal pero la prohibición no lo tuvo en cuenta. James Carville trabajando en la campaña de Clinton contra Bush ideó tres ideas para derrotar a su oponente: "cambias o todo sigue igual" "no te olvides del sistema de salud" y "la economía estúpido", la más famosa. Lo cierto es que las tres podrían resonar hoy cambiando una sola palabra de la última de ellas. Es la libertad...

El decreto de marzo ha sido convalidado por la justicia. Se ha considerado que tiene una fin legítimo, preservar la salud pública y ha utilizado medios razonables, la cuarentena, habida cuenta del escaso conocimiento imperante acerca del virus.

Pero Agosto no es Marzo. El paso del tiempo ha tornado irrazonable lo que cinco meses antes no lo era. Ya no merece el amparo de la Constitución. Es el momento de los responsabilidad, no del miedo y del castigo. El gobierno no confía en las libertades y la responsabilidad de la sociedad. Los presos se fueron a su casa por el virus, los ciudadanos honestos pueden ir presos por la misma razón.

Según Francois Reynal, citado en una nota por Vélez, "siendo el gobierno juez del abuso, el peligro es que se convierta en juez del uso". Premonición válida hoy, donde nos quieren decir qué debemos hacer con nuestros derechos, cómo y cuándo. El ciudadano tiene el derecho de decidir sobre esas cuestiones sin imposiciones, el poder puede convencerlo con razones, no con órdenes. Y de paso se fomenta la división social, la delación y el sálvese quien pueda.

La necesidad no habilita prescindir de la ley (necesitas non habet legem). Hoy, no a pleno, pero ya funcionan el Poder Judicial y el Congreso y pueden hacerse cargo de sus deberes. Por lo tanto la norma carece de razonabilidad y cae su legitimidad. El plexo valorativo de nuestro ordenamiento jurídico es un todo armónico que fulmina con la nulidad a las normas mal inspiradas.

La forma de gobierno, el uso y disposición de la propiedad, la inviolabilidad del domicilio, el principio de reserva, que resguarda intimidad, el respeto a la persona humana y sobre todo el goce de nuestras libertades se han visto conmovidas por un decreto cuya redacción no contempla décadas de desarrollo de nuestra cultura institucional y jurídica.