ACEITEROS DENUNCIAN QUE El DNU 70/2023 "ES UN ATAQUE FRONTAL CONTRA LA CLASE TRABAJADORA"

Desde la Federación de Trabajadores del Complejo Industrial Oleaginoso, Desmotadores de Algodón y Afines de la República Argentina (FTCIODyARA) y el Sindicato de Obreros y Empleados Aceiteros de San Lorenzo (SOEA) repudiamos el DNU 70/2023 anunciado en cadena nacional por el presidente Javier Milei por gravemente inconstitucional e ilegítimo. Deroga o modifica antidemocráticamente más de 300 leyes, afectando los pilares del estado de derecho, introduciendo de facto una reforma laboral que ataca los derechos fundamentales de la clase trabajadora argentina, entre ellos el de huelga.
En un comunicado resaltaron que "no hay ninguna necesidad ni urgencia para imponer una reforma laboral profundamente regresiva como la que el DNU establece, pretendiendo barrer con el Derecho del Trabajo y la Seguridad Social, producto de las luchas de nuestro movimiento obrero."
"El derecho laboral que nació a principios del Siglo XX, reconociendo la asimetría estructural que padecen las y los trabajadores, que viven de su salario frente al poder del capital, tiene un sentido compensador y pretende garantizar la justicia social, condición para la paz.", resaltaron
Asimismo, argumentaron que "el DNU avasalla la división de poderes consagrada en la Constitución Nacional que est,ablece que la función legislativa es tarea exclusiva del Congreso. También viola el Artículo 14 bis de la Constitución Nacional que consagra la protección de las y los trabajadores, los Tratados de Derechos Humanos de rango constitucional y los Convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), haciendo incurrir en responsabilidad internacional al Estado Argentino."
Añadieron que "en su contenido, mediante la desregulación normativa, pretende retrotraer nuestro país a las condiciones vigentes un siglo y medio atrás, con total dominio del mercado y la extracción ilimitada de ganancia por parte del sector patronal. El conjunto de normas tiene un solo sentido: a favor del capital y en perjuicio de las y los trabajadores."
"En el decreto se reglamenta, limita y criminaliza el ejercicio del derecho constitucional de huelga, violando la libertad sindical e incluso incluyendo acciones vinculadas a su ejercicio como causal de despido.", deslizaron para luego agregar que "se afecta la forma de llevar adelante asambleas, los derechos patrimoniales de los sindicatos y la ultractividad en la negociación colectiva".
"Se amplía -explicaron- la calificación de servicios esenciales, incorporando supuestas "actividades trascendentales" entre las que podrían encontrarse la aceitera y la desmotadora de algodón, como modo de impedir o dificultar el ejercicio de la huelga."
Entre otras cosas, detallaron que "se abarata la indemnización por despido y se habilita a través de los convenios colectivos de trabajo su sustitución por un fondo de cese de empleo que no cumple con la protección contra el despido arbitrario. Además, se pretende monetizar los despidos discriminatorios impidiendo la reinstalación de la persona discriminada."